Profuso análisis sobre la consagración del principio de subsidiaridad en la Constitución, la interpretación que de él hace el INDECOPI y su conexión con el principio de solidaridad.
El principio de subsidiaridad se refiere a la no intervención del Estado cuando la iniciativa privada puede actuar con igual o mayor eficacia. Sin embargo, también se refiere a la obligación que tiene el Estado de intervenir cuando ello es necesario para lograr el bienestar general. La Doctrina Social de la Iglesia católica reivindica este principio de subsidiaridad y considera que se puede aplicar a todos los ámbitos de la actividad humana.